Requisitos para el préstamo
de las instalaciones del Ministerio de Cultura y Juventud
Acorde
a sus objetivos de promover el arte y la cultura en todas sus manifestaciones
y la creación de espacios para el desarrollo, el Ministerio de Cultura y Juventud facilita las instalaciones del Centro Nacional
de la Cultura (CENAC), el anfiteatro y el pasillo noreste, las instalaciones de
la Antigua Aduana (Nave de Ladrillos y Casa del Cuño) para
actividades de interés cultural o social.
Para
obtener la autorización del préstamo de dichas instalaciones, los
usuarios deben llenar el formulario de préstamo y enviarlo a los
encargados de la Comisión de Uso de Instalaciones del Ministerio de
Cultura y Juventud a la dirección de correo electrónico cuimcj@mcj.go.cr; quienes
semanalmente analizan y resuelven
las solicitudes.
El
empleo de estas instalaciones está reglamentado y regido por el Decreto
Ejecutivo 33508-C, e implica el cumplimiento de algunos requisitos y la cancelación de un canon de uso
por concepto de uso de agua y electricidad, así como de la limpieza y
resguardo de estos bienes patrimoniales.
Importante:
Las
instalaciones del Ministerio de Cultura y Juventud se prestan para
actividades de interés cultural y/o social; en ningún caso se
autorizarán actividades políticas, religiosas o eminentemente
comerciales.
En caso de que su actividad sea
aprobada, deberá cumplir con todos o algunos de estos requisitos
(dependiendo de las características de la actividad):
1.
Cancelación del canon de
mantenimiento de uso de instalaciones, monto que oportunamente se le
estará notificando, el que debe efectuar mediante entero de gobierno a
favor del Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ).
2.
Fotocopia de cédula de
identidad del representante del evento o certificación de personería
jurídica de la empresa solicitante.
3.
Plano de distribución de
los elementos en el espacio.
4.
Programa de actividades.
5.
Señalar si efectuará algún
cobro a los asistentes al evento o espectáculo y su monto, el que
deberá ser razonable y accesible a la mayor cantidad de público, dicho
monto debe ser previamente avalado por la Comisión de Uso de
Instalaciones, pudiendo solicitarse se exima de su pago a menores de
edad, ciudadanos de oro y personas con alguna discapacidad.
6.
Presupuesto detallado para
la realización del evento.
7.
Plan de limpieza. Debe
incluir la colocación de contenedores rotulados según el tipo de
residuo (no reciclable, papel, cartón, tetrabrik, latas y plástico) y
la entrega de estos a un gestor autorizado de residuos, una vez
finalizada la actividad.
8.
El MCJ aprobó el
Plan de Gestión Ambiental Institucional, por lo que para la
distribución de alimentos no se acepta la utilización de estereofón ni plástico. Como
alternativas se sugiere el empleo de loza o materiales biodegradables
(fibras vegetales o cartón). Deben presentar copia del comunicado que
les hagan a los proveedores de alimentación, en el que se les indica
esta disposición.
9.
Acogerse al Plan de
Evacuación entregado por el MCJ y presentar un Plan de Seguridad
y Emergencias del Evento.
10. Póliza
de responsabilidad civil.
11. Permisos
de Manipulación de Alimentos, en caso de vender alimentos.
12. Permiso
de eventos masivos emitido por el Ministerio de Salud, cuando la
asistencia es mayor a 500 personas.
13. El
evento no podrá sobrepasar el máximo de la capacidad de carga.
14.
Coordinar con los
encargados del MCJ los aspectos relacionados con la logística
del evento.
NOTAS:
1)
De lunes a sábados, las
actividades programadas en el anfiteatro del CENAC deben de terminar a las 6:00 p.m.,los domingos a las
5:45 p.m.
2)
No se permiten actividades
que produzcan ruido mayor a 65 decibeles (db)
en horario de 6 :00 a.m., a 8:00 p.m., ni
mayor a 45 db a partir de las 8:01 pm a 6 am.
Reglamento para el Control de Contaminación por Ruido (n.º28718-S del 15 de junio del 2000).
3)
La Comisión de Emergencia
del MCJ podría visitar su evento para corroborar el Plan de Evacuación,
los miembros de la comisión estarán debidamente identificados.
4)
De acuerdo con el
Reglamento de Uso de las Instalaciones del Ministerio de Cultura y
Juventud (Decreto Ejecutivo n.°33508-C del 9
de noviembre de 2006) y la Ley General de Control del Tabaco y sus
Efectos Nocivos en la Salud (n.°9028 del 22 de marzo de 2012), no está
permitida la distribución, consumo ni la promoción de bebidas
alcohólicas ni tabaco en las instalaciones.
5)
Conforme las disposiciones
del Reglamento para el Control de Contaminación por Ruido (n.º28718-S del 15 de junio del 2000), el que entre
otros aspectos, regula la cantidad de decibeles, al estar el complejo
de la Antigua Aduna ubicado en una zona residencial, el montaje debe
iniciar a partir de las 6:00 a.m., el desmontaje no podrá extenderse
después de las 8:00 p.m.
6)
En caso de instalar toldos
en la explanada, no se podrá utilizar como soportes, tensores o
"anclajes", estañones que contengan agua;
debe recurrirse a sacos de arena o cualquier otro soporte, tensor o
"anclaje", que no afecte o dañe
la superficie del suelo adoquinado de la explanada. Tampoco se permite
programar en la explanada conciertos de música rock, metálica, pop, o
cualquier otro, así como actividades que produzcan ruido mayor a los
sesenta y cinco (65) decibelios (db) en el
día (de 6:00 a.m., a 8:00 p.m.) o mayor a cuarenta y cinco (45)
decibelios (db) a partir de las 8:01 p.m., y
hasta las 6:00 a.m., lo anterior acatando las disposiciones del
Reglamento de Control de Contaminación por Ruido (D.E. n.º28718-S).
7)
Conforme las disposiciones
de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del
Consumidor (n.°7472 del 20 de diciembre de 1994 y su Reglamento (D. E.
n.º37899-C del 8 de julio de 2013), todas las empresas que realicen
preventa de entradas para actividades a futuro, en este caso en la
Antigua Aduana o en el CENAC, deben estar inscritas en el Departamento
de Políticas y Verificación de Derechos del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, teléfono: 2540-1400 extensión 848.
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